lunes, 20 de febrero de 2012

El cheque

Lic. Ricardo Ramos te invita a leer un poco acerca del cheque.

Artìculo 793 Còdigo de comercio
El cheque debe contener
  1. nùmero y serie
  2. menciòn "cheque", inserta en el texto 
  3. nombre y domicilio del banco contra el cual se libra
  4. orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero, indicando la cantidad en letras o en nùmeros. En caso de que la cantidad solamente conste en nùmeros, deberà estamparse con màquina protectora.Cualquier convenio inserto en el cheque se tendrà por no escrito
  5. nombre de la persona a cuyo favor se libre o indicaciòn de ser al portador
  6. lugar y fecha de expediciòn
  7. firma autògrafa del librador


Para asesorìa legal escribe a: law.ramoselias@gmail.com

Jehovà te bendiga

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