Lic. Ricardo Ramos te invita a leer un poco acerca del cheque.
Artìculo 793 Còdigo de comercio
El cheque debe contener
- nùmero y serie
- menciòn "cheque", inserta en el texto
- nombre y domicilio del banco contra el cual se libra
- orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero, indicando la cantidad en letras o en nùmeros. En caso de que la cantidad solamente conste en nùmeros, deberà estamparse con màquina protectora.Cualquier convenio inserto en el cheque se tendrà por no escrito
- nombre de la persona a cuyo favor se libre o indicaciòn de ser al portador
- lugar y fecha de expediciòn
- firma autògrafa del librador
Para asesorìa legal escribe a: law.ramoselias@gmail.com
Jehovà te bendiga
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