jueves, 9 de febrero de 2012

El salario del trabajador

Lic. Ricardo Ramos te trae lo que el Còdigo laboral establece como el salario del trabajador.

Artìculo 119 del Còdigo de trabajo
Salario es la retribuciòn en dinero que el patrono està obligado a pagar al trabajador por los servicios que le presta en virtud de un contrato de trabajo.
Considèrase integrante del salario, todo lo que recibe el trabajador en dinero y que implique retribuciòn de servicios, cualquiera que sea la forma o denominaciòn que se adopte , como los sobresueldos y bonificaciones habituales; remuneraciòn del trabajo extraordinario, remuneraciòn de trabajo en dìas de descanso semanal o de asueto, participaciòn de utilidades.
No constiituye salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del patrono, como las bonificaciones y y gratificaiones ocasionales y lo que recibe en dinero, no para su beneficio ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como los gastos de representaciòn, medios de transporte , elementos de trabajo u otros semejantes, ni tampoco las prestaciones sociales de que trata este còdigo.

Artìculo 120
El salario debera pagarse en moneda de curso legal

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Jehovà te bendiga

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