Lic. Ricardo Ramos te trae lo que es el descanso semanal deacuerdo al Còdigo laboral.
Artìculo 171 Còdigo laboral
Todo trabajador tiene derecho a un dìa de descanso remunerado por cada semana laboral.
El trabajador que no complete su semana laboral sin cuasa justificada de su parte, no tendra derecho a la remuneraciòn establecida en el inciso anterior.
Artìculo 172
Los trabajadores no sujetos a horario tendràn derecho a la remuneraciòn del dìa de descanso, siempre que hubiere laborado seìs dìas de la semana y trabajado la jornada ordinaria en cada uno de ellos.
Empresario, para asesorìa legal escribeme a :
law.ramoselias@gmail.com
Jehovà los bendiga
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