Lic. Ricardo Ramos te trae ahora lo que son los representantes del patrono.
Artìculo 3 Còdigo de trabajo
Se presume de derecho que son representantes del patrono en sus relaciones con los trabajadores: los directores, gerentes,administradores,caporales y, en general, las personas que ejercen funciones de direccìon o de administraciòn en la empresa, establecimiento o centro de trabajo. Los representantes patronales en sus relaciones con el patrono, estan ligados por un contrato de trabajo.
Artìculo 4
Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contrataciòn de otra u otras para que presten servicios a un patrono. Este quedarà obligado por la gestiòn de aquèl, siempre que le hubiere autorizado para ello o recibiere la obra o servicios ejecutados.
Para asesorìa escribeme a :
law.ramoselias@gmail.com
Jehovà te bendiga
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