Lic. Ricardo Ramos te trae lo que es el Pagarè segùn el Còdigo de comercio.
Artìculo 788 Còdigo de comercio
El pagarè es un titulo a la orden que debe contener:
- menciòn de ser pagarè, inserta en el texto
- promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero
- nombre de la persona ha quien ha de hacerse el pago
- epoca y lugar del pago
- fecha y lugar en que se suscribe el documento
- firma del suscriptor
Si necesitas asesorìa legal para tu empresa escribeme a: law.ramoselias@gmail.com
Jehovà te bendiga
No hay comentarios:
Publicar un comentario