lunes, 6 de febrero de 2012

Prohibiciones de los patronos

Lic. Ricardo Ramos te trae lo que son algunas prohibiciones establecidas en el còdigo laboral para los patronos.

Artìculo 30 Còdigo laboral
Se prohibe a los patronos:

  1. Exigir a sus trabajadores que compren artìculos de cualquier clase en establecimientos o a personas determinadas, sea al crèdito o al contado
  2. Exigir o aceptar de los trabajadores gratificaciones para que se les admitan en el trabajo o para obtener algùn privilegio o consesiòn  que se relacione con las condiciones de trabajo
  3. tratar de influir en sus trabajadores en cuanto al ejercicio de sus derechos polìticos o convicciones religiosas
  4. tratar de influir en sus trabajadores en lo relativo al ejercicio del derecho de asociaciòn profesional
  5. Hacer por medios directos o indirectos, discriminaciones entre los trabajadores por su condiciòn de sindicalizados o tomar represalìas contra ellos por el mismo motivo.

Estas son algunas de las prohibiciones, si necesita asesorìa legal respecto a la regulaciòn legal en la relaciòn patrono-empleado, escribeme a :
law.ramoselias@gmail.com


Jehovà te bendiga

No hay comentarios:

Publicar un comentario