jueves, 3 de mayo de 2012

La nueva ley de medicamentos

Lic.Ricardo Ramos te trae los aspectos que te podrìan interesar como empresario farmaceutico, como dueño de farmacia o como un consumidor. Esta ley es muy amplia, asì que tocare solo los artìculos mas pràcticos.

Artìculo 1
La presente ley tiene como objeto, garantizar la institucionalidad que permita aseguarar la accesibilidad, registro, calidad,disponibilidad, eficiencia y seguridad de medicamentos y productos cosmèticos  para la poblaciòn y propiciar el mejor precio para el usuario pùblico y privado,asì como su uso racional.

artìculo 2, ambito de aplicaciòn
la presente ley se aplicara a todas las instituciones pùblicas y autonomas, incluidas al Seguro social y a todas las personas naturales y  jurìdicas privadas  que se dediquen permanentemente u ocasionalmente a la investigaciòn y desarrollo, fabricaciòn, importaciòn, exportaciòn, distribuciòn , transporte, almacenamiento, comercializaciòn, prescripciòn, dispensaciòn, evaluaciòn, e informaciòn de medicamentos y productos còsmeticos de uso terapèutico.

Artìculo 3
Crease la direcciòn nacional de medicamentos em adelante "la direcciòn" como una entidad de derecho y utilidad pùblica, de caracter tècnico, de duraciòn indefinida, con plena autonomìa en el ejercicio de sus funciones, tanto en lo financiero como en el lo administrativo y presupuestario; el cual serà la autoridad competente para la aplicaciòn de la presente ley.

Articulo 14
quedan sujetos a las  regulaciones de la presente ley todos los medicamentos. cosmèticos y sustancias que ofrezcan una acciòn terapèuticas fabricadas en el paìs o fabricadas en el extranjero.

Artìculo 56
toda farmacia tiene la obligaciòn de contar con un profesional quìmico farmaceutico, denominado regente, quien en todo momento, debe asegurarse del cumplimiento de las obligaciones de esta ley , relativas a la dispensaciòn y comercializaciòn de medicamentos. ademàs de la de verificar estudios de fàctibilidad de mercados para productos nuevos, garantizar que no se vendan productos vencidos, verificar directamente la compra de los medicamentos y que esta se efectue con el laboratorio fabricante o con la droguerìa autorizados y todo lo que implique un mejor uso racional y control de los medicamentos.


Espera màs de esta ley.

Para asesorìa escribe a: law.ramoselias@gmail.com


Jehovà te bendiga
Jesùs te bendiga


















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