martes, 2 de octubre de 2012

Los bancos en El Salvador.

Si como empresario te interesa el mercado bursátil para formar un banco, te presento los siguientes artículos de la ley de bancos que te interesaran.

Ley de bancos, articulo 5.
Forma social.
Los bancos constituidos en El Salvador deberán organizarse y operar en forma de las sociedades anónimas de capital fijo, dividido en acciones nominativas , con no menos de diez socios.

Articulo 6 Acciones y derechos.
Las acciones conferirán iguales derechos. Sin embargo, en la escritura social podrá estipularse que el capital se divide en varias clases de acciones , con derechos especiales para cada clase, sin que pueda excluirse a ningún accionista de la participación de las utilidades.
Se podrá asi mismo, emitir acciones preferidas con derecho a voto limitado. las cuales tendrán prelacía con respecto a las demás acciones en la distribución de las actividades, hasta el porcentaje o límite estipulado.
Los bancos deberán registrar sus acciones en una bolsa de valores, a más tardar sesenta días después que se haya inscrito la escritura correspondiente en el Registro de Comercio. Las acciones de tesorería se registrarán previo a su colocación, si fuere el caso.

Para asesorìa legal escribe a : 
Law.ramoselias@gmail.com

Jehovà te bendiga.


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