martes, 13 de diciembre de 2011

Las inversiones en El Salvador

Buen dìa , en esta ocasiòn el lic. Ricardo Ramos te invita a saber mas acerca de la protecciòn legal que existe en el paìs para las inversiones que relizan lo extanjeros en el paìs, esto te sera de utilidad si tienes un socio en otra naciòn que quiera invertir en El Salvador.

En el paìs existe la Ley de Inversiones, esta  ley tiene como objeto promover el desarrollo econòmico del paìs.
Articulo 1 de la ley de inversiones: La presente ley tiene por objeto fomentar las inversiones en general y las inversiones extranjeras en particular , para contribuir al desarrollo econòmico y social del paìs, incrementando la productividad, la generaciòn de empleo, la exportaciòn de bienes y servicios y la diversificaciòn de la producciòn.

Esta ley ademas de establecer parametros acerca de lo que es inversiones nacionales y extranjeras y cuales no; da ademas facilidades para los inversionistas exteanjeros, por ejemplo:

  • Facilidad de tramites, articulo 4 de la ley de inversiones: ... el estado reconoce a sus titulares procedimientos breves y sencillos para su formalizaciòn de conformidad a la ley; y ademas en el caso de inversiones extranjeras , para que puedan ser repatriadas por sus titulares.
  • Libertad para realizar inversiones, articulo 6 de la ley de inversiones: cualquier persona natural o jurìdica, nacional o extranjera , podrà realizar inversiones de cualquier tipo en El Salvador , salvo las que se encuentran limitadas por la ley......
Otros puntos importantes de esta ley son las limitaciones que pone a los inversionistas extranjeros; estas se encuentran en el artìculo 7 de la ley, he aqui uno para ejemplo:
  • el comercio, la industria, y la prestaciòn de servicios en pequeño, y especificamente la pesca de bajura en los terminos señalados en la ley , son patrimonio exclusivo de los salvadoreños por nacimiento y de los centroamericanos naturales.
Es importante mencionar que la expropiaciòn tambien funciona en el caso de inversionistas extranjeros, articulo 8 de la ley de inversiones:
De conformidad a lo establecido en la constituciòn de la Republica, la expropiaciòn procedera por causa de utilidad pùblica o de interès  social , legalmente comprobados, previa una justa indemnizacòn.

Otro punto interesante de la ley es el regimen de soluciòn de controversias, se hace una distincion entre las diferencias o conflictos entre loas inversionistas nacionales o los extranjeros  con el estado, estos pueden ir a los tribunales comunes.
Pero cuando son conflictos entre los inversionistas extranjeros y el Estado estos pueden acudir al Centro Internacional de arreglo de diferencias relativas a inversiones CIADI; estos conflictos se resuelven atraves de la conciliaciòn y arbitraje.

Si estas interesado en saber mas acerca de el marco legal de las inversiones en El Salvador ya seas nacional o extranjero, escribeme a :
  • law.ramoselias@gmail.com



JEHOVAH TE BENDIGA
CREE EN JESÙS

















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