lunes, 5 de diciembre de 2011

Los Seguros

Buen dia, te saluda el lic. Ricardo Ramos, en esta ocasion Asesoria legal empresarial trata en el blog, el tema de los seguros.
Estos son importantes para tu empresa pues si tu tienes uno,se podra resarcir por parte del asegurador cualquier daño a tu patrimonio.

Los individuos estan sometidos a un conjunto de riesgos,esto es, a la contingencia de que su patrimonio se vea afectado desfavorablemente por algun evento o circunstancia adversa.El  riesgo ha sido entendido como la posibilidad de que se produzca un evento o suceso que genere un daño o provoque una necesidad pecuniaria. De esta manera el  contrato de seguro esta vinculado a la nocion de riesgo pues su finalidad es reparar las  consecuencias del mismo.


Es interesante los requisitos que se deben de cumplir por parte del Riesgo: 
  • Posibilidad de incertidumbre: que el evento del que dependa el riesgo sea de posible realizacion, no es posible asegurar lo que es imposible que ocurra, que su realizacion sea incierta, ya sea en que si se producira, el momento en el que se producira y la forma en que el evento se producira
  • Azar: Que su realizacion sea fortuita, pero no de forma absoluta , sino relativa; osea que no dependa directamente de la voluntad de la persona que soporta los efectos
  • Necesidad pecuniaria: que el suceso, en caso de realizarse, provoque un daño o necesidad pecuniaria.
Esto es lo que dice el codigo mercantil respecto al contrato de seguro, articulo 1344:

Por el contrato de seguro, la empresa aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.

Otro punto importante es acerca de la indemnizacion, el codigo mercantil dice lo siguiente, articulo 1367:

La indemnizacion sera exigible 30 dias despues de la fecha en que la empresa  haya recibido los docuementos e informaciones que le permiten conocer el fundamento de la reclamacion.
Sera nula la clausula en que se pacte que la indemnizacion no podra exigirse sino despues que haya sido reconocida su procedencia por el asegurador o comprobada en juicio.


Si tu has tenido problemas con empresas aseguradoras respecto a tus contratos de seguros de tus empresas, escribeme a:


law.ramoselias@gmail.com


Jehovah este contigo.
















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