Lic. Ricardo Ramos, te trae en esta ocasiòn màs conceptos bàsicos.
Mira lo que dice el artìculo 18 del Còdigo de comercio:
Las sociedades se dividen en sociedades de personas y sociedades de personas y sociedades de capitales; ambas clases pueden ser de capital variable.
Son de personas:
- Las sociedades en nombre colectivo o Sociedades colectivas.
- Las sociedades en comandita simple o sociedades comanditarias simples.
- Las sociedades de responsabilidad limitada
Son de capital:
- las sociedades anòminas
- Las sociedades en comandita por acciones o sociedades comanditarias por acciones
"Solamente podràn constituirse sociedades dentro de las formas reguladas por la ley"
Interesante verdad?
Si quieres saber mas escribeme a:
law.ramoselias@gmail.com
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