viernes, 27 de enero de 2012

Un poco sobre la prenda

Lic. Ricardo Ramos te trae lo que es la prenda mercantil.
Artìculo 1225 del Còdigo de comercio
Es mercantil la prenda constituida a favor de empresas, cuyo giro ordinario comprenda el otrogamiento de crèditos con garantìa prendarìa. Tambièn lo es la que  se constituye  sobre cosas mercantiles.

Artìculo 1526
La prenda mercantil podra constituirse por el deudor o por un tercero, aun sin el consentimiento de aquel.

Artìculo 1527
No podrà empeñarse la cosa ajena, sin autorizaciòn de su deuño.

Para asesorìa legal escribeme a : 

law.ramoselias@gmail.com

Jehovà te bendiga 

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