lunes, 23 de enero de 2012

Obligaciones de los comerciantes

Buen dìa, lic. Ricardo Ramos te trae lo siguiente:

Artìculo 411 Còdigo de comercio
Son obligaciones del comerciante individual y social:
  1. Matricular su empresa mercantil y sus respectivos establecimientos
  2. Llevar la contabilidad y la correspondencia en la forma prescrita por este Còdigo.
  3. Inscribir anualmente en el Registro de comercio el balance de su empresa, debidamente certificado por contador pùblico autorizado en el paìs, asì como los demas documentos relativos al giro de èsta, que esten sujetos a dicha formalidad; y cumplir con los demas requisitos de publicidad mercantil que la ley ofrece.
  4. Realizar su actividad dentro de los lìmites de la libre competencia establecidos en la ley, los usos mercantiles y las buenas costumbres, absteniendose de toda competencia desleal.
Si desea saber màs, escribeme a : law.ramoselias@gmail.com

Jehovà te bendiga.

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